-Se considera extranjero a los que carecen de nacionalidad española.
-Los nacionales de los estados miembro de la unión europea y aquellos a quienes les sea de aplicación el régimen comunitario se regirán por la legislación de la unión europea siéndoles la aplicación la presente ley en aquellos aspectos que pudieran ser más favorables.
-Ademas también nos habla sobre la exclusión de esta ley , así como de las libertades de reunión y manifestación, libertad de asociación, derechos a la educación, derecho al trabajo y a la seguridad social entre muchos otros requisitos que se incluyen dentro de esta ley orgánica.
-En el último párrafo explica como la fecha de publicación es el 11 de enero pero que no entrara en vigor hasta que se hagan las acciones oportunas así como la derogación de dicha ley si en un plazo de tiempo no se cumplen las condiciones de adjudicación de la misma.
Os dejo el enlace con el documento completo: http://www.boe.es/boe/dias/2000/01/12/pdfs/A01139-01150.pdf
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