- Actualmente la metodología de la herencia es diferente en el país vasco que en el resto del territorio, pero no solo respecto al territorio general sino también dependiendo de la provincia o municipio en el que se resida esto es:
Álava: Es una normativa muy suave en la que otorga la total libertad de concesión de los bienes. Si el testador lo desea, no tiene porque dejar bienes a los herederos. Esta normativa se encuentra vigente en todo el territorio alavés con las excepciones de las localidades de Llodio y Amurrio entre otras que aceptan la normativa del derecho foral de Vizcaya, mientras que el resto del territorio se rige por el código civil.
Vizcaya: El progenitor tendría la obligación de repartir el 80% de sus bienes a sus hijos, pero no tiene porque darles la misma parte a todos, es decir, si dispone de varios hijos puede cederle el 80% a un único hijo. Esta normativa esta vigente en : Balmaseda, Bermeo, Durango, Ermua, Gernika, Ondarroa, Otxandio, Portugalete, Orduña entre otras.
Para concluir en el resto del País Vasco ( villas no aforadas de Vizcaya, algunos territorios alaveses, guipuzkoa) se aplica la ley común general aunque esta no se aplica de una forma severa puesto que en algunas localidades dan mas fuerza a las costumbres lo que supone un nivel de flexibilidad muy alto.
En las siguientes paginas webs podreis encontrar más información respecto al tema a tratar: http://www.euskadi.net/cgi-bin_k54/ver_c?CMD=VERDOC&BASE=B03V&DOCN=000000141&CONF=/config/k54/bopv_c.cnf
http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/familia/2009/09/22/188112.php

